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Pregunta oral al Gobierno en Comisión

Actualizado: 23 oct 2021

Referencia 181/000905 (184/014518)


Pregunta


VII Legislatura

181/000905 (convertido a 184/014518 a respuesta escrita). BOCG. Congreso de los Diputados Núm. D-199 de 18/06/2001

Alberto Fidalgo Francisco (PSOE)

07/06/2001


¿Cuándo tiene previsto el Ministerio de Sanidad y Consumo impulsar la creación de la especialidad médica de Urgencias y Enfermería?


Conversión

BOCG. Congreso de los Diputados Núm. D-214 de 10/07/2001 Pág.: 24

Conversión en pregunta con respuesta escrita

181/000905.

36487.


Fidalgo Francisco, Alberto (GS). Previsiones acerca del impulso de la creación de la especialidad médica de Urgencias y Emergencias. Iniciativa.

— Núm. Boletín: D-199.

— Fecha Boletín: 18-06-2001.

— Pág.: 22.

Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 184/014518.


Respuesta

La creación de un título de especialista sanitario requiere la existencia de un cuerpo diferenciado de conocimientos científico-técnicos que determine dicha necesidad y, en definitiva, la asistencia urgente muy a menudo consiste en la atención de patologías ordinarias en una situación extraordinaria, que se produce por múltiples circunstancias, todas ellas ajenas a los conocimientos que ostentan los profesionales que la prestan.


También se considera insuficiente que la creación de una especialidad derive, fundamentalmente, de la modalidad asistencial en la que se preste servicios (en este caso, en urgencias) o de la demanda del colectivo que trabaja en esos puestos.


Además, la creación de nuevas especialidades de «urgencias» para médicos y enfermeros, supondría introducir un grado de rigidez en el sistema que afectaría negativamente a la estructura, tanto de los actuales servicios hospitalarios en general, como a la de la urgencia hospitalaria en particular.


El Consejo Nacional de Especialidades Médicas, órgano consultivo de los Ministerios de Sanidad y Consumo, Educación, Cultura y Deporte del máximo nivel técnico, integrado por expertos en materia de formación sanitaria especializada, ha estimado que «las urgencias y emergencias», no deberían tener la consideración de una especialidad autónoma, ya que se trata de un ámbito de actuación estrechamente relacionado con muy diversas especialidades, lo que determina que como máximo, pueda optarse por su configuración como un área de capacitación específica, a la que podría accederse desde las especialidades que estén más directamente relacionadas con dicho medio.


Desde otro punto de vista, se señala que la propuesta de creación de esta especialidad que propicia, entre otros colectivos, el conocido como «médicos de urgencia hospitalaria» obedece, en gran parte, a motivos de naturaleza laboral, cuya solución no pertenece al ámbito de la formación sanitaria especializada.


En este sentido y por lo que se refiere al ámbito del Instituto Nacional de la Salud, ya se está tramitando un Proyecto de Real Decreto que regularizará la situación laboral de los médicos de urgencias en el medio hospitalario.


Madrid, 17 de julio de 2001. —El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.


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