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Pregunta al Gobierno con respuesta escrita

Referencia 184/019639 (09/04/2013)


Pregunta


X Legislatura

184/019639. BOCG. Congreso de los Diputados Núm. D-261 de 25/04/2013

Rosa María Díez González (UPyD)


La Medicina de Urgencia y Emergencias según la Sociedad Europea de Medicina de Urgencia (EuSEM) es una «especialidad basada en el conocimiento y aptitudes necesarias para la prevención, diagnóstico y tratamiento de los aspectos urgentes de las enfermedades y accidentes, afectando a pacientes de todos los grupos de edad, con todo espectro de alternaciones físicas y de conducta». Esta especialidad abarcaría desde el triaje pre e intra hospitalario, a la reanimación pulmonar, la valoración y el tratamiento de la urgencia o la transferencia a otros profesionales de la salud.


En la Unión Europea, la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de septiembre de 2005 relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales reconoce dicha especialidad, señalando un periodo de formación mínimo de 5 años para su obtención.


En otros países europeos ya se ha instaurado dicha especialidad como Bélgica, Francia, Hungría, Irlanda, Italia, Polonia o Reino Unido. La propia «Eurapean Unión of Medical Specialities» (UEMS) recomienda a los países miembros que se trabaje en aras de conseguir que la medicina de emergencias se convierta en una especialidad privada.


España todavía no cuenta con esta especialidad pese a que existen recomendaciones para su creación por parte de la Comisión Técnica de Formación Especializada en Ciencias de la Salud desde el año 2005, la Comisión de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad y la Comisión Técnica del mismo ministerio en los años 2006 y 2008 respectivamente, aprobándose en el año 2007 una Proposición no de Ley, con un amplio consenso al respecto, en el Congreso de los Diputados.


En relación a lo anterior se presenta la siguiente pregunta al Gobierno:


1. ¿Piensa el Gobierno que sería oportuno crear una especialidad médica de formación troncal en urgencias y emergencias?


a. En caso negativo, ¿por qué?


Respuesta


BOCG. Congreso de los Diputados Núm. D-288 de 12/06/2013


El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad está ultimando la tramitación de un Proyecto de Real Decreto en el que se regula entre otras cuestiones, la estructura troncal de la Formación Sanitaria Especializada y las Áreas de Capacitación Específica entre ellas la de Urgencias y Emergencias y la de Enfermedades Infecciosas.


La atención sanitaria de urgencias precisa de profesionales con un conjunto de conocimientos y habilidades técnicas que, aun siendo en su mayoría transversales a otras especialidades, precisan de una orientación y forma de actuación específica por lo que requieren una profundización en la formación.


Por este motivo, se ha considerado que si bien la atención urgente a la patología de aparición inesperada y de impacto intenso sobre la salud de los ciudadanos, puede ser valorada y atendida por los médicos, estén estos en posesión de una especialidad o no, la configuración de la profundización formativa anteriormente referida, se corresponde más a una sobre cualificación a la que llegarían aquellos profesionales que se formasen de modo complementario a través de algún sistema de regulación/normalización de la formación que en el Proyecto de Real Decreto se ha decantado por un Área de Capacitación Específica.


Ello permite el acceso desde especialidades transversales que ya en su desempeño profesional actúan en el ámbito de las Urgencias. Esta fórmula permite así mismo el mantenimiento de estos profesionales en los espacios asistenciales sin crear especificidades excluyentes.


Madrid, 3 de mayo de 2013. —El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.




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