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Pregunta con Respuesta Escrita en Senado

Referencia 684/029862 (10/02/2011)


Pregunta


IX Legislatura

684/029862

Elvira Velasco Morillo (PP)


Dª ELVIRA VELASCO MORILLO Senadora electa por Zamora, del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO, al amparo de lo previsto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente pregunta con respuesta escrita:


¿Qué medidas está llevando a cabo el Ministerio de Sanidad, Política Social y Consumo para crear la especialidad médica de Urgencias y Emergencias?


Respuesta


El artículo 16 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, señala que el establecimiento de nuevos títulos de especialista corresponde al Gobierno, a propuesta de los Ministerios de Sanidad, Política Social e Igualdad y de Educación, previo informe de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud y de la organización u organizaciones colegiales correspondientes. En el artículo 19. 3 de la citada Ley, se indica que al establecer nuevos títulos de especialista se determinará el tronco en el que, en su caso, se integre la nueva especialidad.


El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (MSPSI) está ultimando un borrador de Proyecto de Real Decreto de Troncalidad, que conllevará la identificación del nuevo mapa de especialidades en Ciencias de la Salud, incluyendo el análisis de la posible creación de nuevas especialidades en Ciencias de la Salud, entre ellas la de Urgencias y Emergencias.


La creación de nuevas especialidades en Ciencias de la Salud debe establecerse una vez acordados los cambios en la formación sanitaria especializada que conllevará la puesta en marcha de la formación troncal, definiendo, en su caso, el tronco en el que puedan integrarse dichas especialidades, según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS).


En el caso de Urgencias y Emergencias, en el que el MSPSI se ha posicionado favorablemente a la creación de esta nueva especialidad en el marco anteriormente descrito, se creó una Comisión Promotora de la especialidad, con una composición similar a la que el artículo 28 de la LOPS señala para las Comisiones Nacionales de Especialidad. Esta Comisión Promotora ha elaborado un documento en relación con las competencias de la especialidad, que se tendrá en cuenta para la elaboración del programa específico, una vez creada la especialidad.


Madrid, 18 de marzo de 2011



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